CONDICIONES.-
Local del Quiosco de la Ermita, para su apertura durante todo el año.
HORARIO MINIMO. - Invierno, de lunes a Viernes, de 16 a 18 horas.
Sábados y Domingos, de 12 a 14 y de 16 a 18 horas.
- Verano.- de lunes a Viernes hasta las 01.00 horas
Sábados y Domingos, hasta las 02.00 horas.
Si se establece algún día de descanso será de Lunes a Jueves.
Deberá hacerse cargo de la limpieza de aseos y perímetro de las mesas.
El canon se establece en la cantidad de 1.600 Euros y 256 Euros de IVA anuales.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación que se puntuarán en orden decreciente, para lo que se deberán acreditar documentalmente junto con la oferta :
a) Canon anual ofrecido: hasta 50 puntos (a la oferta más ventajosa económicamente se le otorgará la puntuación máxima, otorgándose puntos al resto proporcionalmente).
b) Por compromiso de fomentar el empleo en el Municipio: hasta 20 puntos, ( 10 puntos por trabajador a contratar).
c) Experiencia profesional en el sector: hasta 15 puntos, ( 5 puntos por año).
B. Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor:
d) Por compromiso de mejoras en el bien que se va a arrendar: hasta 15 puntos (valoración discrecional en función de las características e importancia de las mejoras a realizar, por ejemplo: mejora del acceso, de las instalaciones, etc.).
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Además son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
- El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público).
- Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
- El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación.
- El adjudicatario realizará el contrato a su riesgo y ventura, ostentando las siguientes obligaciones:
- El Contratista aceptará las variaciones de detalle que no alteren sustancialmente las condiciones ni los precios establecidos.
Satisfacer los gastos inherentes a los servicios objeto de licitación relacionada con el mantenimiento de equipos e instalaciones, material fungible y cualquier otro gasto de las instalaciones.
Cumplir las obligaciones de orden laboral, con aplicación de los convenios colectivos del sector, y tributario, así como lo prevenido en cuantas disposiciones obligue al adjudicatario.
- Los gastos derivados del suministro de agua, gas y electricidad serán de cuenta del arrendatario y abonados junto con la renta o directamente a las empresas suministradoras. No obstante, el Ayuntamiento realizará las instalaciones y acometidas adecuadas con los respectivos contadores individualizados.
- El arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a las actividades detalladas.
- El arrendatario, previo consentimiento expreso del arrendador, podrá realizar las obras que considere necesarias, aunque ello conlleve una modificación de la configuración del inmueble.
- Suscribir una póliza de seguros que responda de los daños que puedan producirse, tanto en el contenido como a terceros, por la actividad a desarrollar.
- El adjudicatario deberá mantener el local en perfectas condiciones higiénico-sanitarias.(limpieza, mantenimiento, etc., debiendo devolverlos en perfecto estado de uso)
- Se deberá tratar al público con corrección, dentro de las normas de convivencia ciudadana.
- Deberá conservar a su costa los elementos muebles del local.
- Cumplir las obligaciones relativas a la Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales con respecto a los trabajadores que emplee el local.
- (En su caso) El adjudicatario, en caso de pretender instalar algún tipo de terraza-velador en la vía pública, lo solicitará previamente y seguirá instrucciones del Ayuntamiento.
- El adjudicatario debe disponer de carné de manipulador de alimentos.
- Se deberán respetar los horarios de cierre/apertura establecidos en la Normativa vigente.
- Los gastos de suministros,(agua, luz, y alcantarillado) serán de cuenta del arrendatario. En caso de que el local no disponga de contador individual, se le calculará un gasto estimado de consumo.
PRESENTACION DE SOLICITUDES:
En sobre cerrado, en el Registro General del Ayuntamiento de Abarán, de 8 a 14 horas, hasta el día 20 de Mayo de 2014.
La Junta de Gobierno calificará las ofertas, y adjudicará el contrato a la oferta con mayor puntuación.
El candidato propuesto como adjudicatario, deberá presentar certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social, así como el correspondiente Alta en el IAE, antes del inicio de la actividad.
Abarán, 13 de Mayo de 2014
El Alcalde